Permisos


Una vez que la Empresa se encuentra constituida y legalizada como contribuyente, el comienzo de las actividades comerciales dependerá de una serie de Permisos otorgados por distintas entidades de acuerdo al rubro de la Empresa.
Esta etapa de Creación de una Empresa contempla aspectos tan importantes como el lugar físico donde se va a operar y el cumplimiento de las condiciones estructurales, sanitarias y ambientales necesarias para ejercer el giro. Estos requisitos se encuentran regulados por ley y son necesarios para obtener la Patente Comercial.

Certificado de Informaciones Previas
Antecedentes Generales

Este Certificado indica, entre otras cosas, las normas urbanísticas para el uso de suelo y la declaración de utilidad pública que afecta al predio donde se desea instalar la Empresa, esto es, la compatibilidad del domicilio con el uso comercial que se le necesita dar.
El Certificado de Informaciones Previas es preciso solicitarlo para todo tipo de rubro y, sobre todo, si se requiere edificar.
Este documento proporciona, entre otros y según corresponda, los siguientes antecedentes:
1. Número municipal asignado al predio.
2. Línea oficial, línea de edificación y/o anchos de vías que limiten o afecten al predio, ubicación del eje de la avenida, etc.
3. Declaración de utilidad pública que afecta al predio, en su caso, derivada del Instrumento de Planificación Territorial.
4. Indicación de los requisitos de urbanización.
5. Normas urbanísticas aplicables al predio, por ejemplo, uso de suelo, alturas de edificación, áreas de riesgo o de protección que pudieren afectarlo, zonas o construcciones de conservación histórica o zonas típicas y Monumentos Nacionales con sus respectivas reglas urbanísticas especiales, exigencias de plantaciones y obras de ornato en las áreas afectas a utilidad pública, declaratoria de postergación de permisos, señalando el plazo de vigencia y el decreto o resolución correspondiente, entre otros.


Procedimiento

La solicitud del Certificado de Informaciones Previas se realiza en la Dirección de Obras Municipales (DOM) correspondiente al domicilio de la Empresa, debiendo presentarse en ese momento un croquis que muestre la ubicación del predio, indicando las calles circundantes y las medidas aproximadas de cada uno de los deslindes. El trámite puede tener una duración de entre 7 a 15 días hábiles dependiendo del Municipio y bajo esta última condición, su valor fluctuará entre los $ 3.000 a $ 5.000.
La normativa descrita en el Certificado tiene vigencia indefinida mientras no se realicen modificaciones a las normas urbanísticas, legales o reglamentarias pertinentes, las cuales deberán ser publicadas en el Diario Oficial para su validez.


Certificado de Calificación Técnica
Antecedentes Generales

Este documento tiene como objeto calificar los aspectos técnicos de la actividad a desarrollar por la Empresa e indicará los posibles riesgos que su funcionamiento pudiese generar a sus trabajadores, entorno, etc.
La entidad calificará como Peligroso, Insalubre y/o Contaminante, Molesto o Inofensivo dependiendo del cumplimiento de ciertas normas establecidas para cada rubro y de acuerdo al Plan Regulador de cada comuna.
El Certificado de Calificación Técnica es requisito para la solicitud del Permiso de Edificación en caso que se requiera construir o modificar el inmueble.


Procedimiento

La Empresa debe solicitar formalmente la calificación técnica de su actividad al Seremi de Salud, para lo cual se debe pedir el formulario de certificado y el instructivo respectivo, completar los Formatos 1, 2 y 3, presentarlo en las mismas oficinas con los siguientes documentos adjuntos y sus indicaciones particulares:

Plano de Planta del Local (se recomienda solicitar a un Arquitecto):
Ø Ubicación de la edificación en el terreno.
Ø Dependencias (casino, servicios higiénicos, oficinas, bodegas, etc.).
Ø Ubicación de maquinarias y equipos.
Ø Actividades desarrolladas por vecinos y colindantes (vivienda, local comercial, fábrica, colegio, hospital, etc.)

Memoria Técnica de las Características de la Construcción y/o Ampliación

(basadas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones):
Ø Tipo de construcción (nueva, antigua, materialidad, etc.).
Ø Piso de la Construcción (radier, madera, gravilla, textil, etc.).
Ø Características de los muros y deslindes (tipo, altura, materialidad, resistencia al fuego, etc.).
Ø Tipo de techo (planchas metálicas, teja, madera, etc.).
Ø Memoria Técnica de los Procesos Productivos y su Respectivo Flujograma (documento descriptivo/explicativo realizado por el interesado):
Ø Descripción del o de los productos que se fabrican, almacenan y/o elaboran.
Ø Materias primas, maquinarias y vehículos requeridos en la actividad.
Ø Zona de carga y descarga.
Ø Etapas básicas de la producción o proceso productivo.
Ø Stock de productos, forma y lugar de almacenamiento (tipo de envase,
Ø temperatura promedio y ventilación de bodega, etc.). Cantidad de personas que trabajarán en las instalaciones.
Ø Duración del proceso productivo (operación continua o turnos diurnos y/o nocturnos, etc.).
Ø Clasificación de Sustancias Químicas según Norma Chilena 382 Of.98.

Anteproyecto de Medidas de Control de Contaminación de Aire, Agua y Suelos

(consultar en Seremi de Salud (Ex Sesma) o Servicio de Salud de cada comuna por la normativa que les rige):

Ø Residuos Industriales Líquidos (Riles).
Ø Alcantarillado y Agua Potable.
Ø Emisiones por Fuentes Fijas (calderas, hornos, etc.).
Ø Residuos Industriales Sólidos (RIS).

Anteproyecto de Medida de Control de Riesgos de Accidentes y Enfermedades Laborales.

- Informe Sanitario Favorable en caso de que se posea.
- Si están disponibles, incluya los catálogos de las maquinarias, equipos, o sistemas de control de material particulado, aerosoles u otros.

Estos requerimientos aparecen detallados en Instructivo de Calificación Técnica del Servicio de Salud correspondiente a la comuna del domicilio de la Sociedad. Cabe mencionar que estos antecedentes y otros serán requeridos de acuerdo al giro bajo el cual opere la Empresa.
El valor del Certificado de Calificación Técnica bordea los $ 45.000 y podría demorar un par de semanas, dependiendo de la complejidad de las instalaciones, de la correcta entrega de los documentos y de la disponibilidad de los funcionarios revisores, luego de lo cual se hará entrega de la calificación.
Si ésta fuese rechazada o negativa, la Empresa podrá apelar ante el Servicio de Salud demostrando haber realizado modificaciones tecnológicas que disminuyan el impacto ambiental.


Certificado Municipal de Zonificación
Antecedentes Generales

Este documento, entregado por la Dirección de Obras de la I. Municipalidad respectiva, es requisito para la obtención de Patente Comercial, y especifica los antecedentes de zonificación de un predio, es decir, uso de suelo y exigencias para las construcciones en una determinada zona.

Procedimiento
El Representante Legal deberá concurrir previamente al Seremi de Salud o Servicio de Salud correspondiente al domicilio de la Sociedad y retirar una Solicitud de Informe Sanitario la cual, una vez cumplimentada, debe ser presentada ante la DOM.
El tiempo que demore la entrega del Certificado dependerá de cada Municipio, condición que aplicará también a su costo el cual fluctúa entre $ 1.000 y $ 3.000.

Autorización Sanitaria
Antecedentes Generales
Mediante este documento el Seremi de Salud o la Autoridad Sanitaria de cada comuna autoriza la realización de una actividad lucrativa secundaria o terciaria dentro de los límites de la comuna. Este trámite debe realizarse antes de instalar el local, y no después, además, es de suma importancia que antes de arrendar o comprar un local, o un terreno, que se destinará a uso comercial, se consulte el Plan Regulador de cada Municipio, para evitar problemas posteriores.


Procedimiento
El interesado deberá concurrir a las oficinas del Servicio de Salud correspondientes al Municipio del domicilio de la Empresa y solicitar el Formulario de Autorización Sanitaria que especifica si el inmueble o predio cumple con las condiciones necesarias para realizar la actividad comercial que se requiera. Este último deberá ser presentado con el Informe de Zonificación entregado por el Municipio correspondiente. Dependiendo del giro bajo el cual se realizará la actividad comercial se requerirán diversos documentos, los cuales deberán ser adjuntados posteriormente al formulario.
La tramitación tiene una duración aproximada de 15 días hábiles y un arancel cobrado de acuerdo al rubro, más un 0,5% del capital inicial declarado.

Trámite Cero
Antecedentes Generales

Para el caso de empresas consideradas de bajo riesgo ambiental o sanitario, la Autorización Sanitaria se enmarca bajo el llamado

Trámite Cero con el cual la Autoridad Sanitaria se compromete a entregar el certificado en un plazo no mayor a 1 hora.
Entre las empresas que pueden optar a este trámite se encuentran los Talleres, Bazares, Librerías, Ferreterías y Comercio que expendan alimentos no perecibles o bien que no requieran de la manipulación de químicos y sustancias peligrosas, etc., así como también aquellas empresas que requieran solicitar Certificados de Destinación Aduanera para la internación de alimentos o materias primas.

Procedimiento
El Representante Legal de la Empresa deberá concurrir a las oficinas del Seremi de Salud y solicitar los formularios “Declaración de Cumplimiento de Requisitos Sanitarios” y “Trámite Cero”.
El primero de ellos contempla una autoevaluación de la Empresa y un compromiso de cumplimiento de la normativa. El Seremi, en un acto de confianza, otorgará la Autorización Sanitaria en el plazo de 1 hora contada desde la recepción de los formularios y la cancelación del arancel correspondiente, el que variará de acuerdo al giro de la Empresa.
Algunos de los valores son:

- Talleres: $ 52.750 + 0.5% capital inicial declarado.
- Alimentos: $ 17.590 + 0.5% capital inicial declarado.
- Ambulantes: $ 7.030 + 0.5% capital inicial declarado.
- Certificado de Destinación Aduanera: entre $ 14.000 y $ 72.000, dependiendo del tonelaje a internar.

Es importante considerar que la Autoridad Sanitaria estará facultada para fiscalizar en terreno el cumplimiento de lo declarado en el formulario, por esta razón es recomendable asegurarse que la Empresa cumple con la Normativa para evitar futuras multas o la cancelación de la Patente Comercial.

Si bien la Autorización Sanitaria es requisito en la mayoría de los rubros, existen
algunos que no lo requieren, salvo expresa solicitud Municipal.

Entre ellos están:

Venta y reparación de radios y televisores, Gasfiterías, Relojerías, Venta de artefactos electrodomésticos, Sastrerías, Fotografías, Compraventa de vehículos, Librerías, Taller de llaves, Venta de muebles, Venta de colchones, Venta de papel, Venta de Calzado,
Bazares, Boutiques, Venta de línea blanca.


Certificado de Calificación de Actividad Industrial
Antecedentes Generales
Para que la Municipalidad pueda otorgar Patente definitiva para la instalación, ampliación o traslado de industrias, se debe solicitar a la Autoridad Sanitaria un informe que compruebe que se han implementado todas las medidas comprometidas para evitar
riesgos y molestias (Artículo 83 del DFL N° 725/67, Código Sanitario, D.O. 31.01.1968). Este informe lo entrega el Servicio de Salud, luego de una inspección en terreno de la Empresa ya instalada, previo a su funcionamiento y posterior a la calificación ambiental. La Autoridad Sanitaria informará favorablemente una determinada actividad industrial o comercial, siempre que determine que técnicamente se han controlado todos los riesgos asociados a su funcionamiento y que la localización propuesta esté de acuerdo con el Plan Regulador comunal e intercomunal.

Procedimiento
El Representante Legal deberá concurrir a las oficinas del Seremi de Salud o Servicio de
Salud del domicilio y presentar los siguientes antecedentes:
- Informe de Zonificación (emitido por la Municipalidad).
- Formulario de Solicitud de Informe Sanitario que estipula:
Ø Giros Solicitados.
Ø Datos del Establecimiento.
Ø Ubicación en el Mapa.
Ø Antecedentes de Superficie.
Ø Horario y Número de Trabajadores.
Ø Valorización de las instalaciones: Equipos y Maquinarias, Capital de trabajo y Capital propio.

- Formulario Declaración de Cumplimiento de Requisitos Sanitarios correspondiente a las características de su actividad. Si la Empresa operara con no más de 10 trabajadores y su capital inicial declarado no supera las 200 UF, está sujeto a la solicitud Trámite Cero que se diferencia de la tradicional en los tiempos que demora, ya que con este sistema el Seremi de Salud asegura el curso del trámite en no más de 1 hora.
El tiempo que requiere el trámite es de alrededor de 40 días y su costo asciende a $ 52.000 aproximadamente, más el 0,5% del capital inicial declarado. Luego de este tiempo, el contribuyente recibe la Resolución Sanitaria Aprobada o Rechazada, pudiendo en este último caso apelar luego de modificar los elementos en conflicto.

Permiso de Edificación
Antecedentes Generales
Mediante este Permiso la Dirección de Obras Municipales (DOM), autoriza la petición de un usuario para construir en el espacio de una comuna. Sin éste no podrá iniciarse obra alguna.

Procedimiento
El interesado deberá contratar los servicios de un Arquitecto, quien concurrirá a las oficinas de la Dirección de Obras Municipales correspondientes al domicilio del predio, donde elevará la Solicitud de Permiso de Edificación, debiendo presentar los documentos descritos más abajo. Cabe señalar que pueden existir variaciones de un Municipio a otro, sin embargo, en términos generales, los antecedentes son:
-Solicitud firmada por el Propietario y el Arquitecto proyectista, indicando en ella o acompañando los antecedentes que se requiera en cada caso.
Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas vigente o bien del que sirvió de base para desarrollar el anteproyecto vigente y de la plancheta catastral si ésta hubiere sido proporcionada.
Formulario Único de Estadísticas de Edificación.
Informe del Revisor independiente, cuando corresponda, o del Arquitecto proyectista.
Certificado de factibilidad de dación de servicios de agua potable y alcantarillado, emitido por la Empresa de Servicios Sanitarios correspondiente o por la autoridad respectiva.
Planos de arquitectura numerados (los que cada Municipalidad requiera).
Cuadro de superficies.
Plano comparativo de sombras, cuando corresponda.
Planos de estructura.
Especificaciones técnicas de las partidas contempladas en el proyecto.
Levantamiento topográfico.
Estudio de Ascensores, cuando corresponda.
Aprobación del plano de agua potable otorgado por el Seremi de Salud.
Para las solicitudes de Permiso de Edificación ubicadas fuera de los límites urbanos, deberán acompañar, además, los informes favorables de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola y Ganadero. Luego de 15 días hábiles que demora la tramitación y posterior al pago equivalente al
1,5% del presupuesto de construcción estipulado en la solicitud, la DOM procederá a la entrega del Cartón con la identificación del permiso y de los profesionales competentes, un ejemplar de la boleta de permiso del proyecto y el legajo de antecedentes respectivos. El Permiso de Edificación otorga al solicitante un plazo de tres años para comenzar las obras, de lo contrario éste caducará. Lo mismo ocurre en las obras que permanecen paralizadas durante ese tiempo.
A pesar de que dicho Permiso debe ser realizado por un Arquitecto, es recomendable solicitar asesoría a un Revisor independiente registrado en el MINVU con el objeto de acompañar la documentación con sus informes, de manera que se reduzcan los plazos de la mayoría de los trámites relacionados.

Permisos de Obra Menor
Antecedentes Generales
Mediante este documento, la Dirección de Obras Municipales autoriza al interesado para la ejecución de obras que no alteren la estructura principal del inmueble, como por ejemplo, remodelaciones interiores, modificación de muros no estructurales, ampliaciones de hasta 100 m2, etc.



Procedimiento
Al igual que en el caso anterior, este trámite debe ser realizado por un Arquitecto, quien presentará ante las oficinas de la DOM los siguientes antecedentes:
1. Certificado de Informaciones Previas.
2. Planos de planta actual y propuesta.
3. Presupuesto detallado.
4. Especificaciones técnicas.
5. Patentes profesionales al día de los responsables del proyecto.
6. Declaración Jurada de calidad de Propietario.
Habitualmente este Permiso no tiene costo, sin embargo quedará a criterio de cada Municipio su calificación para el caso de las ampliaciones inferiores a 100 m2 que impliquen modificaciones mayores. Por otra parte, la solicitud demora aproximadamente 15 días hábiles en ser aprobada y tiene una vigencia de 3 años contados desde el momento de la emisión del Permiso.


Cambio de Destino
Antecedentes Generales
Mediante este trámite se solicita a la Dirección de Obras Municipales revisar los antecedentes de una edificación con el objeto de Cambiar su Destino definido por el Plan
Regulador. Debe ser llevado a cabo si el predio en que el solicitante desea realizar la actividad comercial respectiva, no se encuentra en concordancia con lo establecido en el Plan Regulador de cada comuna.


Procedimiento
Inicialmente se debe realizar una solicitud de Cambio de Destino ante la Dirección de Obras Municipales, adjuntando los documentos señalados a continuación, sin embargo, será esencial consultar en cada Municipio los documentos adicionales necesarios, los cuales dependerán de cada entidad y del nuevo Destino que se requiere para el predio.

En términos generales la DOM solicitará:
- Fotocopia Cédula de Identidad del Propietario o Representante Legal.
- Certificación de Dominio Vigente Extendido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o Declaración Jurada de Propiedad.

En caso de existir modificación o alteración del inmueble, se deberá agregar:
- Fotocopia de Permiso de Edificación y Certificado de Recepción Final.

De no existir modificación o alteración del inmueble, el propietario o su representante deberán presentar:
Declaración Jurada de que no se realizarán modificaciones o alteraciones en el inmueble.
- Croquis en que consten las medidas y Destino de las dependencias implicadas.
- Certificado de Calificación de Actividad Económica (cuando corresponda).

Si el inmueble está acogido a régimen de co-propiedad inmobiliaria, se requerirá lo siguiente:
- Fotocopia del Reglamento y del Acta de Asamblea de co-propietarios en que conste la habilitación de los representantes que suscriben esta solicitud.
- Fotocopia del Acta en que la Asamblea autorice el Cambio de Destino, cumpliendo con los quórum exigidos en la Ley N° 19.537 de co-propiedad inmobiliaria e individualizando las unidades del condominio implicadas y su destino solicitado.
La duración y aprobación del trámite dependerá de cada Municipio, y su costo asciende aproximadamente a 0,1 UTM por la solicitud la cual, de ser aprobada, requerirá de un pago cercano a 0,5 UTM.


Recepción Definitiva de Obra
Antecedentes Generales
Luego de la construcción o modificación de un inmueble es necesario solicitar a la Dirección de Obras Municipales la autorización para habitarlo o utilizarlo de acuerdo a los fines previamente acordados.


Procedimiento
Este trámite deberá ser gestionado por el Arquitecto, quien deberá concurrir a las oficinas de la DOM correspondientes al domicilio del inmueble en cuestión y presentar, dependiendo del Municipio y del tipo de obra, la solicitud de Recepción Definitiva de la Obra acompañada del expediente completo del proyecto construido que incluye la totalidad de las modificaciones y los Certificados de
Recepción de las instalaciones contempladas en las especificaciones técnicas aprobadas. Por otra parte, deberá adjuntar Declaración especificando si hubo o no cambios en el
proyecto aprobado inicialmente. De haberse realizado estas modificaciones deberán agregarse los documentos actualizados en los que incidan tales cambios. Legalmente la Dirección de Obras Municipales tiene 30 días, después de presentada la
Solicitud de Recepción Final de Obra, para pronunciarse.


Patente Comercial
Antecedentes Generales
La Patente Comercial, generalmente otorgada por el Departamento de Patentes Municipales, autoriza la realización de una actividad lucrativa secundaria o terciaria dentro de los límites de una comuna.
Este trámite debe realizarse antes de instalar el local, y no después. Es muy importante que antes de arrendar o comprar un local, o un terreno, que se destinará a uso comercial, se consulte el Plan Regulador de cada Municipio, para evitar clausuras. Es conveniente señalar, a su vez, que dependiendo del rubro bajo el cual opere la empresa se deberán cumplir distintos requisitos.

Procedimiento
Este documento deberá ser solicitado por el Dueño o Representante Legal en las oficinas de la Municipalidad correspondientes al domicilio de la Empresa. Si bien la documentación solicitada puede variar en cada Municipio, los más comunes son:

Ø Para todos los Rubros
- Fotocopia Cédula de Identidad y/o RUT de la Sociedad.
- Si la solicitud corresponde a una Persona Jurídica, Fotocopia legalizada de la Escritura de Constitución de Sociedad.
- Fotocopia de las modificaciones de la Escritura, si es que hubieren.
- Protocolización del Extracto.
- Publicación en Diario Oficial.
- Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y/o Acta de sesión de Directorio del Nombramiento del Representante Legal (Sociedades Anónimas).
- Fotocopia Declaración de Iniciación de Actividades del Servicio de Impuestos Internos.
- Fotocopia legalizada de Certificado de Dominio Vigente.
- Contrato de Arriendo.
- Escritura de la Propiedad.
- Fotocopia de la Escritura de Compraventa y/o Autorización notarial (según corresponda).
- Declaración Simple de Capital Inicial, generalmente incluida en el Formulario.
- Croquis o plano de la distribución interna del local u oficina.
- Permiso de Edificación del inmueble donde se realizará la actividad comercial (si va a construir).
- Recepción Definitiva de Obras de Edificación del inmueble en caso de que se construya una edificación nueva para realizar la actividad productiva.
- Permiso de Obra Menor en caso de que se hagan modificaciones al inmueble (cuando corresponda).
- Certificado de Informaciones Previas u otro documento que certifique que la actividad que se va a realizar es acorde con el uso de suelo determinado por el Plan Regulador (en la mayoría de los casos este trámite lo realiza internamente el Municipio).
- Cambio de Destino, ya sea parcial o total, si la actividad comercial se realizará en inmueble destinado originalmente a uso habitacional o rural, según el Plan Regulador.
- Si corresponde a predio rural, debe ser autorizado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
En casos especiales los Municipios pueden requerir documentación adicional, como por ejemplo

Ø En casos de Problemas de Infraestructura:
- Regularización o Certificado Eléctrico del SEC.
Ø Para aquellas actividades relacionadas con expendio de alimentos, recintos educacionales, talleres e industrias, locales con 10 o más personas, actividades que pudiesen producir contaminación y lugares de reunión pública:
- Resolución Sanitaria favorable emitida por el Seremi de Salud o aprobación del Programa del Ambiente del Servicio de Salud respectivo.
Ø Para Giros relacionados con Alcoholes:
- Certificado de Antecedentes con Fines Especiales del Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Declaración Jurada Notarial, declarando no infringir las disposiciones del artículo 166° de la Ley N° 17.105 de Alcoholes.
- Certificado de Opinión de la Junta de Vecinos.
- Inscripción en el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Ø Para Patentes de Imprenta:
- Inscripción del Departamento de Visitación de Imprentas y Bibliotecas de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM).
Ø Para Actividades Relacionadas con Artes Marciales:
- Certificado de Carabineros de Chile.
Ø Para Jardines Infantiles:
- Certificado de Rol de Empadronamiento en la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).
Ø Agentes de Aduana:
- Decreto del Servicio Nacional de Aduanas.
Ø Martilleros Públicos:
- Resolución del Ministerio de Economía.
Ø Para Venta y/o Distribución de Gas Licuado:
- Autorización de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
Ø Casas de Reposo, Clínicas, Farmacias y otros:
- Autorización del Servicio de Salud Metropolitano respectivo.
Ø En caso de Expendio de Alimentos para Animales:
- Autorización del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Ø Colegios:
- Autorización del Ministerio de Educación Pública.
- Declaración Jurada de conocer Ordenanza relacionada con la actividad específica (cuando se solicite), por ejemplo, Ordenanza sobre Juegos Electrónicos.

Ø Agencias de Empleos, Institutos y Afines:
- Certificado del SENCE.
Ø Bancos y Financieras:
- Autorización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
Ø Oficinas de Corredores de la Bolsa y Seguros:
- Autorización de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Es recomendable averiguar en cada Municipalidad cuáles son los documentos y requisitos necesarios por rubro para la obtención de Patentes Comerciales antes de solicitarla, con el objeto de evitar demoras innecesarias. El tiempo que tarda la tramitación puede variar entre 3 y 17 días hábiles contados desde la recepción del Formulario y todos los antecedentes necesarios. En este tiempo los
inspectores verificarán en terreno que las instalaciones cumplan con todos los requerimientos del rubro. Por otra parte, el arancel aplicado variará según el Municipio y el rubro, pudiendo fluctuar entre un 0,25% y un 0,5% del capital inicial declarado por la
Empresa. Junto con esto, e independiente del rubro, se deberán pagar los derechos de aseo y publicidad, cuyos costos varían en cada Municipalidad. En el caso particular de estos últimos, los valores dependerán de la materialidad y dimensiones de letreros y afiches.

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